A partir del 17 de julio de 2026 entrará en vigor una nueva regulación que pone fin a los cobros excesivos por reconexión de servicios de telecomunicaciones en Colombia, con límites obligatorios para los operadores, buscando aliviar el bolsillo de los usuarios que se atrasan en el pago de sus facturas.
La reglamentación redefine las reglas del juego en el sector de telecomunicaciones en Colombia, al establecer límites estrictos a los cobros por reconexión.
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Límite a los cobros desproporcionados en la reconexión de servicios
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estableció que los operadores ya no podrán cobrar valores elevados por reconectar servicios suspendidos por falta de pago.
Con la nueva normativa, los cobros deberán ajustarse a costos eficientes y tendrán topes definidos que reducen de forma significativa lo que venían pagando los usuarios.
En el caso de la telefonía móvil, el valor de reconexión pasa de un promedio de $6.800 a un máximo autorizado de $285 pesos.
Esto representa una reducción cercana al 96%, teniendo en cuenta que el proceso de reconexión es automatizado y no requiere intervención técnica en el domicilio del usuario, según la CRC.
Para los servicios de internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción, la CRC estableció dos topes principales, pues anteriormente los operadores definían a su criterio cuanto cobraban:
- Operadores grandes (con cerca del 85% del mercado): el cobro máximo será de $1.232 pesos por reconexión.
- Operadores pequeños (menos de 30.000 accesos): el cobro podrá ser de hasta $10.269 pesos.
¿Cómo se definieron los nuevos valores?
Los topes fueron calculados con base en información suministrada por los propios operadores y bajo modelos de eficiencia económica desarrollados por la CRC.
El objetivo principal es que los usuarios paguen únicamente lo que realmente cuesta reconectar el servicio, sin cargos adicionales.
“Quien se pone al día no debe enfrentar un cobro desproporcionado para recuperar su servicio. La reconexión debe costar lo que cuesta reconectar, nada más”, señaló Felipe Augusto Díaz, Director Ejecutivo de la CRC.
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No es obligatorio cobrar por la reconexión
La regulación no obliga a las empresas a cobrar este concepto, de hecho, algunos operadores ya ofrecen reconexión gratuita y podrán seguir haciéndolo, lo que sí establece la norma es que, si deciden cobrar, no podrán superar los límites fijados.
¿Qué cambia para los usuarios?
La medida no elimina la posibilidad de suspensión del servicio por mora ni las obligaciones de pago, sin embargo, una vez el usuario se ponga al día, la reconexión deberá realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles.
El cambio principal está en el valor del cobro, que ahora tendrá un techo claro, verificable y obligatorio.

