Signos en red

Así funcionará la ‘Ley Sara Sofía’ para fortalecer la búsqueda de niños y niñas extraviados

A través de la herramienta ‘Alerta Colombia’ se podrá activar la búsqueda de un niño o niña extraviado siempre y cuando este tenga entre 0 a 12 años.

Persona mirando el celular

Entró en vigencia la Ley Sara Sofía, una iniciativa que fortalece la búsqueda de niñas y niños desaparecidos, mediante el uso de herramientas tecnológicas y la participación ciudadana.

A través de la plataforma tecnológica ‘Alerta Colombia’, se pondrá en marcha un mecanismo de difusión masiva mediante operadores de telefonía móvil y otros canales digitales, con el fin de agilizar la búsqueda y así fortalecer la respuesta de las instituciones ante situaciones que requieran atención inmediata.

La difusión “deberá ser gratuita con fundamento en el principio constitucional de solidaridad, de responsabilidad social y empresarial”, dicta la nueva ley.

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¿Cómo se activará la alerta?

De acuerdo con el documento en el que se planteó la Ley Sara Sofía, para iniciar la búsqueda de un niño o niña entre los 0 y los 12 años, el familiar o responsable del cuidado del menor debe diligenciar un documento en el que autoriza el uso de los datos biométricos y personales del menor a la Policía Nacional.

De esta manera el ICBF podrá proceder a solicitar a la Policía la activación de la alerta. Dentro de los datos mínimos requeridos están:

  • Nombres y apellidos.
  • Número de identificación.
  • Género y edad.
  • Descripción física.
  • Última fotografía que garantice la identificación.

Además deberá proporcionarse un número de contacto al cual se puedan comunicar los ciudadanos que puedan proporcionar información.

De acuerdo con la ley, una vez otorgada la autorización, la activación de la alerta no podrá tardar más de una hora desde el momento del reporte.

¿Cómo reportar un caso y activar la alerta?

La Policía Nacional dispondrá de un botón de alerta en su página web para que quienes se encuentren en esta situación puedan acudir a las autoridades y hacer el respectivo reporte siguiendo las instrucciones allí dispuestas.

Es importante destacar que en aquellas regiones o zonas del país donde no se cuente con los medios tecnológicos suficientes para realizar el reporte por la página web de la Policía, los ciudadanos podrán realizarlo de manera presencial ante la Policía en la oficina o dependencia municipal.

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Así funcionará la difusión masiva

Dentro de las medidas contempladas, la normativa ordenará a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles divulgar de manera gratuita la alerta para que esta llegue a los dispositivos móviles de las personas que se encuentren en la zona donde se registró la pérdida del menor.

Este mensaje debe incluir información clave para dar con el paradero del menor, como:

  • Fecha exacta en la que se extravió el menor.
  • Número dispuesto por las autoridades y número de contacto de los familiares.
  • Descripción física y de la vestimenta del menor.
  • Barrio, localidad, municipio, ciudad o departamento donde se extravió el menor.
  • Cualquier información adicional que sirva para identificar y localizar al menor.

Así mismo se dispuso que la difusión deberá realizarse tres veces al día desde que se recibe la alerta y podrá ampliarse progresivamente a otras regiones si existen indicios de traslado.

La estrategia también contempla la participación de radio, televisión, medios digitales, aeropuertos y autoridades fronterizas.

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¿Cuándo estará disponible este sistema de alertas?

Es importante tener en cuenta que aunque la ley ya entró en vigencia, el Gobierno Nacional deberá reglamentar el mecanismo tecnológico, por lo que el Ministerio TIC tendrá seis meses de plazo para definir cómo funcionará técnicamente el sistema para así ponerlo en marcha en todo el territorio nacional.

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