Así aplicará el pico y placa en Bogotá del 9 al 15 de marzo

Le contamos cómo operará el pico y placa del 9 al 15 de marzo y los horarios en los que rige esta resticción.

Vehículos conduciendo por la autopista norte.

El pico y placa ha sido durante años una de las principales estrategias para regular la movilidad y reducir la congestión vehicular en la ciudad.

Es por esto que le contamos cuál será el pico y placa para la semana del 9 al 15 de marzo para que se programe y evite multas.

  • En los días impares pueden circular los vehículos cuyas placas terminan en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • En los días pares pueden circular los vehículos cuyas placas terminan en 6, 7, 8, 9 y 0.

Pico y placa del 9 al 15 de marzo en Bogotá

Para la semana del 9 a 15 de marzo el pico y placa regirá, de lunes a viernes, de la siguiente manera:

  • Lunes, 9 de marzo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes, 10 de marzo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles, 11 de marzo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves, 12 de marzo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes, 13 de marzo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

¿Cuáles son los horarios en los que rige el pico y placa?

El esquema aplica para vehículos particulares de lunes a viernes, entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m., y establece las restricciones de circulación de acuerdo con el último dígito de la placa.

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Así mismo tenga en cuenta que la restricción no se aplica los fines de semana ni en días festivos y que existen excepciones para algunos vehículos, como los eléctricos o híbridos, los de emergencia y aquellos que cuenten con el permiso de pico y placa solidario.

Multas por incumplir el pico y placa

No acatar la restricción de pico y placa puede conllevar a multas e incluso la inmovilización del vehículo. Esta conducta está clasificada como la infracción C14 del Código Nacional de Tránsito, que sanciona a quienes circulen en horarios o zonas restringidas por la autoridad.

La multa establecida para este tipo de infracción es de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que equivale a aproximadamente $875.445 pesos.

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Además del comparendo económico, los conductores que incumplan la norma pueden enfrentar la inmovilización del vehículo, lo que implica costos adicionales por el servicio de grúa y el traslado a patios oficiales.

Es por esto que es indispensable que esté atento y consulte periódicamente el calendario para que planifique sus desplazamientos de manera óptima.

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