Todo lo que debe saber para pagar el impuesto predial a cuotas

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Jue, 22/03/2018 - 05:37
El miércoles 28 de marzo vence el plazo para los contribuyentes interesados en pagar su impuesto Predial por cuotas. Deberán anunciar su intención, presentando la Declaración para Pago por Cuotas a través de la Oficina Virtual o en la sección Pagos y Servicios, accediendo a través de la página web www.haciendabogota.gov.co Quienes se acogieron al beneficio el año anterior deberán volver a realizar el trámite este año. La posibilidad de inscribirse al pago por cuotas del Predial entra en su recta final. Hasta el 28 de marzo, los contribuyentes interesados en acogerse al beneficio de financiar el impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, deberán informarlo a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, o en la sección de Pagos y Servicios de la página web www.haciendabogota.gov.co Para optar por esta modalidad de pago, que busca aliviar el bolsillo de los bogotanos, es importante cumplir los siguientes requisitos:
  1. Ser propietario del predio.
  2. Ser persona natural.
  3. Que el predio sea de uso residencial.
Es importante tener en cuenta que al optar por el pago por cuotas, la factura inicial queda sin efecto y el contribuyente renuncia tanto al descuento de 10 % por pronto pago, como al de 1 % adicional. La primera cuota se puede pagar hasta el 11 mayo, sin ningún interés. Después de esta fecha correrán intereses por mora. El vencimiento de la segunda cuota es el 13 de julio; el de la tercera, el 14 de septiembre y el de la última el 9 de noviembre. Es importante recordar que quienes se acogieron el año pasado al beneficio de Predial por cuotas y están interesados en seguir pagando bajo esta modalidad, deben realizar nuevamente la solicitud. En lo corrido de 2018, se han acogido a esta modalidad alrededor de 7.900 contribuyentes.
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