Proyectos de inversión o programas que se ejecuten en cada vigencia. Los proyectos de inversión deben ordenarse según la fecha de inscripción en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión nacional, departamental, municipal o distrital, según sea el caso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la Ley 1474 de 2011.” a “De acuerdo con el PARÁGRAFO DEL ARTÍCULO 77 de la LEY 1474 de 2011. Publicación proyectos de inversión. Las empresas industriales y comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión.
4.6. Información pública y/o relevante
De acuerdo a lo establecido en el oficio 220-037902 del 8 de junio de 2010 emitido por la Superintendencia de Sociedades donde se informa que las empresas Industriales y Comerciales del Estado no están vigiladas por esta Entidad.
