Manifestaciones en Bogotá: ¿dónde está el límite entre protestar y afectar a los demás?

Manifestarse es un derecho, pero bloquear servicios, poner vidas en riesgo o causar daños abre una pregunta: ¿dónde está el límite?

Manifestaciones en Bogotá: ¿cuál es el límite de la protesta?

Hay una diferencia entre ocupar una calle para hacerse escuchar y convertir esa calle en un lugar de riesgo para los demás. También entre interrumpir por unos minutos el paso de un bus y atacar un vehículo con personas adentro. Esa frontera, entre el derecho a manifestarse y las consecuencias que una movilización puede generar sobre terceros, atraviesa la discusión en Bogotá.

El artículo 37 de la Constitución protege la reunión y la manifestación pública y pacífica. Pero ese derecho convive con otros: la integridad de las personas, el acceso a servicios, el uso del espacio público y la protección de los bienes. Por eso, más que preguntar si se puede protestar, la discusión está en qué ocurre cuando una forma de protesta empieza a afectar a quienes no hacen parte de ella.

Una manifestación también tiene un propósito

En el caso de la Universidad Nacional, Diego Alejandro Torres Galindo, representante del presidente de la República ante el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional, pone el foco en la razón de ser de cada movilización: qué busca, a quién interpela y qué ocurre cuando las acciones terminan alejándose de ese objetivo.

“Si una protesta no logra su objetivo y genera una incomodidad, eso ya no es protesta”.

La reflexión de Torres parte de situaciones que han ocurrido en el entorno de la Universidad, donde una movilización no solo involucra a quienes participan en ella. Estudiantes, profesores, trabajadores, usuarios de TransMilenio y personas que viven o transitan por la zona también pueden terminar afectados. 

Por eso, el representante plantea una pregunta más concreta que la discusión sobre el derecho a manifestarse:

“¿Cuál es el límite de la protesta? Yo comienzo por la pregunta: oiga, dígame claramente por qué es esta protesta”.

Para Torres, expresar una inconformidad no pierde su protección por generar alguna afectación propia de una movilización. El problema aparece cuando las acciones ponen en riesgo a otras personas o terminan convirtiendo la manifestación en un escenario de violencia. En esa frontera también entran conductas como la destrucción de bienes, los daños al mobiliario urbano, las afectaciones al espacio público o los ataques contra la infraestructura.

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Cuando el bloqueo se multiplica

TransMilenio ofrece otro ejemplo de lo que ocurre cuando una manifestación altera una actividad de la que dependen miles de personas. Pedro Gutiérrez, gerente de TransMilenio, informó que hasta la semana anterior se habían registrado 568 eventos que afectaron la operación del sistema durante 2026: 403 plantones y 120 movilizaciones. 45 de ellas fueron catalogadas como de alto impacto por alteraciones del orden público.

En 2025 fueron más de 900 eventos. Este año, la cifra ya se acerca a los 570, con hechos que pueden durar desde unos minutos hasta varias horas. El promedio de afectación señalado es de aproximadamente cinco horas.

Gutiérrez explica que el problema no se queda necesariamente en el punto donde ocurre el bloqueo. Una interrupción, especialmente durante la hora pico, puede desordenar la operación y obligar al sistema a trabajar durante el resto del día para recuperar sus tiempos y recorridos.

“Esto sobrepasa los límites de una protesta, sobrepasa los límites del pacifismo”.

El gerente de TransMilenio recordó además un episodio ocurrido en 2024, cuando un bus fue incendiado mientras el conductor permanecía en su interior. Para las autoridades, una acción de esta naturaleza deja de ser una interrupción de la movilidad y entra en otro terreno: el de conductas que pueden poner directamente en peligro la vida de otras personas.

Según las cifras entregadas por Gutiérrez, cada evento puede afectar a más de 700.000 personas. Así, un bloqueo que empieza en un punto específico puede terminar teniendo consecuencias sobre usuarios que ni siquiera estaban cerca del lugar de la manifestación.

El dilema, entonces, no consiste simplemente en escoger entre permitir o impedir una movilización. Bogotá tiene mecanismos de diálogo, gestores de convivencia y equipos de acompañamiento para atender este tipo de jornadas. La discusión aparece cuando, pese a esos mecanismos, una acción colectiva deriva en daños, violencia o situaciones que comprometen la seguridad de terceros.

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Ahí también aparece la diferencia entre una afectación propia de ocupar el espacio público y una conducta que puede tener consecuencias penales. Que una movilización genere congestión no es lo mismo que destruir un bus; expresar una inconformidad no equivale a atacar a una persona; y ocupar una vía no es lo mismo que poner en riesgo deliberadamente a quienes transitan por ella.

En Bogotá, la discusión sigue siendo cómo proteger el derecho a hacerse escuchar sin que, en el camino, otros terminen pagando el costo de ser escuchados.

*Foto: Secretaría Distrital de Gobierno

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