La declaración de renta para personas naturales en Colombia comenzará el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con el calendario establecido por la DIAN.
Por lo tanto, si durante 2025 superó alguno de los topes definidos por la ley, deberá realizar este trámite, aunque eso no significa necesariamente que deba pagar el impuesto.
¿Quiénes deben declarar renta en 2026?
Cumplir o no con esta obligación depende de la situación financiera que tuvo cada persona durante 2025, por lo que primero debe revisar si se encuentra entre algunas de las siguientes condiciones:
- Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2025.
- Patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2025, superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT): $224.096.000.
- Si en 2025, sus ingresos brutos fueron iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
- Consumos con tarjeta de crédito, en 2025, superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
- Si el valor total de sus compras y consumos, en 2025, fue superior a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
- Que, en 2025, el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras haya sido superior a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
Fechas para presentar la declaración de renta
Los plazos límites para declarar y evitar sanciones dependen de los dos últimos dígitos del NIT (Número de Identificación Tributaria):
| Fecha límite | Últimos dos dígitos del NIT |
|---|---|
| 12 de agosto | 01 y 02 |
| 13 de agosto | 03 y 04 |
| 14 de agosto | 05 y 06 |
| 18 de agosto | 07 y 08 |
| 19 de agosto | 09 y 10 |
| 20 de agosto | 11 y 12 |
| 21 de agosto | 13 y 14 |
| 24 de agosto | 15 y 16 |
| 25 de agosto | 17 y 18 |
| 26 de agosto | 19 y 20 |
| 27 de agosto | 21 y 22 |
| 28 de agosto | 23 y 24 |
| 31 de agosto | 25 y 26 |
| 1 de septiembre | 27 y 28 |
| 2 de septiembre | 29 y 30 |
| 3 de septiembre | 31 y 32 |
| 4 de septiembre | 33 y 34 |
| 7 de septiembre | 35 y 36 |
| 8 de septiembre | 37 y 38 |
| 9 de septiembre | 39 y 40 |
| 10 de septiembre | 41 y 42 |
| 11 de septiembre | 43 y 44 |
| 14 de septiembre | 45 y 46 |
| 15 de septiembre | 47 y 48 |
| 16 de septiembre | 49 y 50 |
| 17 de septiembre | 51 y 52 |
| 18 de septiembre | 53 y 54 |
| 21 de septiembre | 55 y 56 |
| 22 de septiembre | 57 y 58 |
| 23 de septiembre | 59 y 60 |
| 24 de septiembre | 61 y 62 |
| 25 de septiembre | 63 y 64 |
| 28 de septiembre | 65 y 66 |
| 1 de octubre | 67 y 68 |
| 2 de octubre | 69 y 70 |
| 5 de octubre | 71 y 72 |
| 6 de octubre | 73 y 74 |
| 7 de octubre | 75 y 76 |
| 8 de octubre | 77 y 78 |
| 9 de octubre | 79 y 80 |
| 13 de octubre | 81 y 82 |
| 14 de octubre | 83 y 84 |
| 15 de octubre | 85 y 86 |
| 16 de octubre | 87 y 88 |
| 19 de octubre | 89 y 90 |
| 20 de octubre | 91 y 92 |
| 21 de octubre | 93 y 94 |
| 22 de octubre | 95 y 96 |
| 23 de octubre | 97 y 98 |
| 26 de octubre | 99 y 00 |
No obstante, la recomendación de la entidad es que realice el proceso antes de vencimiento para evitar contratiempos.
¿Cuáles documentos debería tener listos antes de declarar?
Preparar la información con tiempo puede hacer más sencillo el proceso, por ello se recomienda que recopile algunos de los siguientes documentos antes de realizar el trámite tributario:
- Copia del certificado de inscripción en el RUT debidamente actualizado, de ser necesario.
- Certificados de ingresos y retenciones.
- Extractos o certificaciones bancarias.
- Certificados de aportes a salud y pensión.
- Documentos relacionados con bienes, deudas o patrimonio.
- Los soportes de deducciones o beneficios tributarios, cuando apliquen.
Ingresando aquí, en ‘Esto es lo que necesita para presentarla’ puede conocer mayor información sobre este tema.
¿Cuáles herramientas ofrece la DIAN para hacer el trámite?
Con el fin de facilitar el proceso, la DIAN puso a disposición de los contribuyentes diferentes herramientas digitales para consultar información y recibir orientación durante la temporada de declaración de renta.
Dentro de las herramientas disponibles están:
- Micrositio de renta.
- Programa Ayuda Renta, disponible en el micrositio.
La recomendación es consultar únicamente los canales oficiales de la DIAN y verificar previamente que el RUT y los datos de contacto estén actualizados.
¿Cómo evitar errores al presentar la declaración?
Antes de realizar el trámite, la DIAN recomienda revisar que la información personal esté actualizada y no esperar hasta los últimos días del calendario para presentar la declaración.
También es importante conservar los documentos que respaldan la información reportada y, si existen dudas sobre la obligación o el diligenciamiento del formulario, buscar orientación a través de los canales oficiales o con un profesional en temas tributarios.

