Pico y placa en Bogotá del 10 al 16 de agosto de 2026: horarios, placas restringidas y sanciones

La Secretaría Distrital de Movilidad definió el esquema de restricción vehicular que regirá durante la segunda semana de agosto para particulares, taxis y transporte de carga.

conoce la rotacion pico y placa 10 al 16 de agosto

Durante la semana entre el lunes 10 y el domingo 16 de agosto de 2026, la restricción de circulación vehicular en Bogotá continuará bajo los esquemas habituales establecidos por la Alcaldía Mayor y la Secretaría Distrital de Movilidad.

La medida busca optimizar el tráfico en las vías principales de la capital y mitigar las emisiones contaminantes.

Calendario para vehículos particulares

La restricción para carros particulares opera de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. La rotación se divide según el último dígito del número de la placa y la naturaleza par o impar del día del calendario:

Días pares: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0, y tienen restricción los terminados en 1, 2, 3, 4 y 5.

Días impares: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 y tienen restricción los terminados en 6, 7, 8, 9 y 0.

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  • Lunes 10 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Martes 11 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Miércoles 12 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Jueves 13 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Viernes 14 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 15 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 
  • Domingo 16 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

Pico y placa para el servicio de taxi


Para los vehículos de transporte público individual (taxis), la restricción aplica de lunes a sábado, de 5:30 a. m. a 9:00 p. m., según el último dígito de la placa:

Lunes 10 de agosto: Restricción para placas terminadas en 5 y 6.

Martes 11 de agosto: Restricción para placas terminadas en 7 y 8.

Miércoles 12 de agosto: Restricción para placas terminadas en 9 y 0.

Jueves 13 de agosto: Restricción para placas terminadas en 1 y 2.

Viernes 14 de agosto: Restricción para placas terminadas en 3 y 4.

Sábado 15 de agosto: Restricción para placas terminadas en 5 y 6.

Domingo 16 de agosto: Sin restricción.

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Sanciones por incumplimiento

El conductor que transite por zonas o vías restringidas por la autoridad competente incurrirá en la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, con una multa que corresponde a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), equivalentes a más de $650.000 COP y la inmovilización del vehículo que será trasladado a los patios oficiales, por lo que el infractor deberá asumir de forma adicional los costos asociados al servicio de grúa y parqueadero.

Las autoridades recuerdan que el control se realiza tanto de manera presencial por parte de los agentes civiles de tránsito y la Policía Metropolitana, como de forma automatizada mediante el sistema de cámaras de fotodetección instaladas en la ciudad.

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