Corte tumba prohibición de consumo de licor y dosis mínima en espacios públicos

Jue, 06/06/2019 - 15:07
La Corte Constitucional tumbó la norma en el Código de Policía que prohibía consumir licor y drogas en espacios públicos. Según el alto tribunal, el artículo quedó sin efecto al considerarlo “no razonable” porque “viola el libre desarrollo de la personalidad”.
La sala plena de la Corte Constitucional tumbó el artículo del Código de Policía que prohibía beber alcohol en vía pública. La multa era de $ 196.725 pesos. Los comerciantes aplaudieron la medida.
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"A mí me parece que es una norma que está bien que la hayan tumbado porque hay que saber beber con responsabilidad y todos debemos ser responsables de nuestros propios hechos y nuestros propios tragos", señaló el comerciante Pedro Jaramillo.
Para el alto tribunal, la norma "no es razonable" y "viola el libre desarrollo de la personalidad". Pero, ¿qué dice el Distrito sobre la decisión?
"Lo que nos piden todas las comunidades, todos los padres de familia en todos los barrios de Bogotá es que protejamos a los niños, que protejamos a los jóvenes del consumo de estupefacientes, sobre todo en los parques y los barrios, entonces vamos a trabajar con el contenido de ese fallo", señaló Jairo García, secretario de Seguridad.
Para la Corte, lo que debe proteger el Código de Policía es que no haya alteraciones del orden público, y este consumo ya sea de alcohol o de drogas no necesariamente genera riñas o problemas de convivencia.
Por: Fredy Guerra