11. 2. Oferta Institucional

Conoce aquí los servicios que presta Canal Capital y lo que debes hacer para acceder a estos.

  • En esta sección encontrará la oferta institucional de Canal Capital, con información sobre los servicios y demás mecanismos de atención disponibles para la ciudadanía y grupos de valor. Aquí podrá conocer el propósito de cada servicio, los requisitos, costos (cuando apliquen), tiempos de respuesta, canales de atención y el procedimiento para acceder a ellos de manera ágil y oportuna.
    • Copias de material audiovisual.
    ¿Qué es y para qué sirve? Obtener copias de programas producidas por Canal Capital, para su uso en ámbito doméstico.

    Se entiende por copia de material audiovisual, el duplicado en formato digital de acuerdo a la disponibilidad, de un programa, grabación o contenido emitido por Canal Capital que puede o no generar un costo y que es entregado previo cumplimiento del trámite.

    ¿Dónde se realiza? TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    Línea 195. Horario de atención: lunes a domingo, 24 horas al día.

    57 601 4578300.

    57 320 9012473.

    Horario de atención líneas telefónicas: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    Página web www.canalcapital.gov.co diligenciado el Formulario para solicitud de copias de material audiovisual.

    PRESENCIAL

    Avenida El dorado No 66 63, piso 5.

    ¿Requiere pago? Por hora o fracción, por valor exacto de $137.877 (Incluye IVA).
    ¿Qué resultado se obtiene? Como respuesta se obtiene la expedición de copias de material audiovisual.

    En casos específicos, el material no podrá ser copiado por derechos de autor y conexos de acuerdo con la revisión que el área encargada de este tema así lo determine.

    ¿En cuánto tiempo se obtiene el resultado? En un término de 10 días hábiles después de la consignación.
    ¿Qué se debe hacer? . Realizar una solicitud por escrito que indique lo siguiente:

    • Nombre del programa.
    • Fecha y hora de la emisión.
    • Referencia del material solicitado y objeto para el cual lo requiere.
    • Nombre y número de documento de identidad.
    • Dirección y teléfono del solicitante.

    2. Radicar o enviar la solicitud a través de:

    3. Realizar el pago de copias de material fílmico por hora o fracción, por valor exacto de $137.877 (Incluye IVA), únicamente cuando se notifique que el material solicitado se encuentra disponible a través de los siguientes medios:

    4. Entregar o enviar copia del recibo de consignación, a través de:

    Correo: ccapital@canalcapital.gov.co

    Tenga en cuenta
    • Radicar o enviar la solicitud a través del formulario dispuesto en la página web.
    • Una vez se realice el respectivo pago se debe anexar una copia de la cédula de ciudadanía y suministrar la dirección de residencia y teléfono de contacto para gestionar la factura respectiva.
    • La copia que se entrega, se hará desde la copia legal de emisión al aire, con las respectivas marcas y logos de identificación del canal, del programa y en baja resolución de video.
    • La copia se entregará en un enlace en el DRIVE para su descarga y estará vigente por un máximo de 15 días calendario.
    • En casos específicos, el material protegido por derechos de autor o de transmisión no podrá ser copiado.
    • El tiempo de respuesta está sujeto a condiciones asociadas al material audiovisual como:
    •  Disponibilidad (derechos de autor).
    • Peso (tamaño en disco).
    • Formato (VHS, Betacam, entre otros).
    •  Comunicación con el solicitante.
    Soporte jurídico
    • Visitas académicas.
    ¿Qué es y para qué sirve? Canal Capital brinda atención y acompañamiento en recorridos guiados por el área operativa a los estudiantes de universidades e instituciones educativas a nivel nacional en temas relacionados con la producción y emisión de programas de televisión.
    ¿Dónde se realiza? TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    Línea 195. Horario de atención: lunes a domingo, 24 horas al día.

    57 601 4578300.

    57 320 9012473

    Horario de atención líneas telefónicas: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    Correo electrónico ccapital@canalcapital.gov.co

    PRESENCIAL

    Avenida El dorado No 66 63, piso 5.

    ¿Requiere pago? Este servicio es gratuito.
    ¿Cuándo se puede realizar? Las visitas se programan regularmente los viernes.
    ¿En cuánto tiempo se obtiene el resultado? En un término de 15 días hábiles aproximadamente, obtendrá respuesta a la solicitud realizada.
    ¿Quién puede realizarlo? Ciudadanía en general.


    Requisitos:

    • Edad desde los 8 años en adelante.
    • Para el ingreso, presentar el documento de identidad.
    ¿Qué se debe hacer?
    1. Realizar una solicitud por escrito, que indique lo siguiente:
    • Solicitud de autorización del ingreso a las instalaciones del canal.
    • Especificar la asesoría requerida.
    • Nombre y documento de identidad de las personas que van a visitar el canal.
    1. Radicar o enviar la solicitud a través de:
    Tenga en cuenta
    • No requiere intermediarios.
    • Entrada máxima para 10 personas por visita.
    • Se prohíbe el ingreso de bebidas y comidas.
    • Servicio social.
    ¿Qué es y para qué sirve? Tiene como objetivo prestar un servicio de difusión inmediata mediante la emisión, en el proyecto informativo AHORA, de avisos sobre personas desaparecidas, dirigido a la ciudadanía que requiere apoyo debido a condiciones de vulnerabilidad, marginación, necesidades sociales o carencias económicas.
    ¿Dónde se realiza? TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    Línea 195. Horario de atención: lunes a domingo, 24 horas al día.

    57 601 4578300.

    57 320 9012473.

    Horario de atención líneas telefónicas: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    www.canalcapital.gov.co.

    Correo electrónico ccapital@canalcapital.gov.co

    PRESENCIAL

    Avenida El dorado No 66 63, piso 5.

    ¿Requiere pago? Este servicio no tiene costo.
    ¿En cuánto tiempo se obtiene el resultado? Será difundido en un máximo de 72 horas.
    ¿Quién puede realizarlo? Ciudadanía en general.


    Requisitos:

    • Denuncia interpuesta en la entidad competente (policía o Fiscalía).
    • Carta de autorización a Canal Capital (en caso de ser menor de edad).
    • Fotografía reciente, a color, tamaño mayor a media carta y legible de la persona desaparecida.
    Tenga en cuenta
    • No requiere intermediarios.
    • Permiso de retransmisión de las señales de televisión. (OPA)
    ¿Qué es y para qué sirve? Obtener autorización por escrito para retransmitir las señales de Canal Capital y eureka en servicios de televisión comunitaria cerrada sin ánimo de lucro, en cualquier localidad y municipio del territorio colombiano.
    ¿Dónde se realiza? TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    Línea 195. Horario de atención: lunes a domingo, 24 horas al día.

    57 601 4578300.

    57 320 9012473.

    Horario de atención líneas telefónicas: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    www.canalcapital.gov.co.

    Correo electrónico ccapital@canalcapital.gov.co

    PRESENCIAL

    Avenida El dorado No 66 63, piso 5.

    ¿Requiere pago? El permiso de retransmisión de las señales, así como la gestión realizada por la persona que lo atiende, son totalmente gratuitos y no requieren intermediarios.
    ¿En cuánto tiempo se obtiene el resultado? En un término no mayor a 15 días hábiles.
    ¿Quién puede realizarlo? Persona Jurídica.

    Requisitos:

    • Carta u oficio formal solicitando el permiso de retransmisión para las señales de Canal Capital.
    • Cámara de comercio o documento de constitución de la empresa o canal expedido con fecha no mayor a 30 días.
    • Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
    • Registro Único Tributario (RUT).
    • Resolución con la cual se otorga la licencia para la prestación del servicio de televisión comunitaria emitido por la entidad competente.
    • Un documento -Word o pdf- en el que describa qué tipo de seguimiento o retroalimentación tienen de sus audiencias. Si se comunican con ellas por correo electrónico, teléfono, WhatsApp, cara a cara u otro medio. En caso de otorgar el permiso de retransmisión nos interesa conocer a futuro la respuesta de sus audiencias a los contenidos de Canal Capital.
    ¿Qué se debe hacer?
    1. Realizar una solicitud a través del formulario solicitud permiso para retransmisión de las señales, ubicado en sede electrónica de la entidad www.canalcapital.gov.co.
    1. En el formulario se deben adjuntar los documentos.
    Tenga en cuenta
    • La autorización es otorgada exclusivamente al canal que solicita el permiso.
    • La solicitud se gestionará una vez se cuente con los documentos requeridos.
    • Una vez otorgado el permiso de retransmisión de las señales, no será necesario que se renueve, dado que tiene vigencia hasta que surja algún cambio en su razón social o en el representante legal de su empresa, en razón a lo establecido en el artículo 21. RACIONALIZACIÓN DE LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS de la Ley 2052 de 2020.
    • Los días hábiles se empezarán a contar tan pronto se tenga toda la documentación requerida.
    • El solicitante deberá conservar la emisión original y sin ningún tipo de alteraciones desde la fecha de la expedición del oficio.
    • Puede descargar el permiso de retransmisión de las señales aquí, consultando por número de NIT.
    Soporte jurídico Resolución 433 de 2013 “Por la cual se Reglamenta Parcialmente el Servicio de Televisión Comunitaria Cerrada Sin Ánimo de Lucro”.

    Ley 2052 de 2020 «Por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas, en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones»

Normatividad asociada

Resolución 67 de 2025 “Por medio de la cual, adopta el nuevo tarifario de CAPITAL SISTEMA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA y se establece el procedimiento, los criterios y las condiciones de actualización del mismo, para que responda a las dinámicas cambiantes del mercado y a los requerimientos comerciales de la entidad.”

Ley 23 de 1982 «Sobre derechos de autor».

Resolución 433 de 2013 Por la cual se reglamenta parcialmente el Servicio de Televisión Comunitaria Cerrada Sin Ánimo de Lucro.

Decreto 197 de 2014 “Por medio del cual se adopta la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía en la ciudad de Bogotá D. C.”

Acuerdo 630 de 2015 «Por medio del cual se establecen unos protocolos para el ejercicio del Derecho de Petición en cumplimiento de la Ley 1755 de 2015 y se dictan otras disposiciones».

Acuerdo 731 de 2018 «Por el cual se promueven acciones para atención respetuosa, digna y humana de la ciudadanía, se fortalece y visibiliza la función del defensor de la ciudadanía en los organismos y entidades del distrito, se modifica el artículo 3 del acuerdo 630 de 2015 y se dictan otras disposiciones».

En cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del Decreto 103 del 20 de enero de 2015, reglamentario parcial de la Ley 1712 de 2014, Canal Capital informa que estos servicios se encuentran inscritos para consulta ciudadana en los portales respectivos.

  • SUIT: Permiso de retransmisión de la señal (OPA).
  • Portal Bogotá: permiso de retransmisión de la señal de televisión.

Canales de contacto

Sedes

  • Canal Capital – Sede principal: Av. El Dorado N° 66 – 63, piso 5, Bogotá D.C.
  • Canal Capital – Administrativo: Carrera 11ª N° 69 -43, Bogotá D.C.

Atención telefónica

Teléfonos: +57 6014578300 – +57 3209012473

Línea Anticorrupción: 195

Correos electrónicos

Atención al ciudadano: ccapital@canalcapital.gov.co

Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@canalcapital.gov.co

Correspondencia: correspondencia@canalcapital.gov.co

Horario presencial

De 8:00 a.m. a 5:00 p.m. los días lunes, miércoles y viernes. Los demás días se brinda atención por los canales virtual, escrito y telefónico.

Signos en red