Estas son las multas que tendrá que pagar si orina o tiene sexo en la calle

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Noticias Capital (Migración)
Mié, 18/01/2017 - 19:00

Si usted incumple las normas o tiene comportamientos que afectan la convivencia ciudadana, podría ser sancionado con multas que oscilan entre los 98.362 y los 786.898 pesos. Así lo contempla el nuevo Código de Policía, que entrará en vigencia el próximo 30 de enero.

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Para que no lo tomen por sorpresa esta serie de medidas, es necesario entender en primer lugar que la Policía tendrá deberes y facultades en ciertos procedimientos. Por ejemplo, los uniformados podrían ingresar a propiedades sin una orden, según sea necesario. Además, todo procedimiento que ellos adelanten podrá ser grabado con cualquier instrumento y estará prohibido impedirlo. 

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Estas son las sanciones a las que se enfrentarían los colombianos con la nueva herramienta que busca “resolver los conflictos que afectan la convivencia y con la cual se puede evitar que las conductas y sus consecuencias trasciendan a un problema de carácter judicial e inclusive de carácter penal”.

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Tipo 1

codigo pilicia-01

Cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes (98.362 pesos) por:

*Obstruir por cualquier medio la cicloruta o dificultar la libre movilidad del ciclista.

*No recoger los excrementos de sus animales.

*Limitar u obstruir las manifestaciones de afecto o cariño.

*Emplear o inducir a los niños a utilizar indebidamente las telecomunicaciones.

Tipo 2

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Ocho salarios mínimos diarios legales vigentes (196.725 pesos) por:

*Riñas, peleas o confrontaciones violentas.

*Comprar, alquilar o usar celulares o equipos robados o extraviados.

*Porte ilegal de armas, elementos cortantes o sustancias peligrosas.

*Irrespetar las autoridades de policía.

*Consumir alcohol o drogas en estadios, coliseos, parques, hospitales o espacio público.

*Amenazar con causar daño físico.

*Permitir que menores de edad sean tenedores de animales potencialmente peligrosos.

*Trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correa o elementos establecidos.

Tipo 3

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Dieciséis salarios mínimos diarios legales vigentes (393.449 pesos) por:

*Vender equipos y celulares robados o extraviados.

*Agredir físicamente a una persona.

*Modificar o alterar redes de servicios públicos.

*Tener animales silvestres en calidad de mascotas.

*Actos sexuales y exhibicionismo.

*Perturbar la tranquilidad por ruidos, fiestas o reuniones.

*Consumir bebidas alcohólicas o drogas ilícitas en estableicmientos educativos.

*Irrespetar normas de museos, biblotecas, hospitales, salas de velación y cementerios.

Tipo 4

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Treinta y dos salarios mínimos diarios legales vigentes (786.898 pesos) por:

*Arrojar basuras en espacios públicos.

*Arrojar basuras o escombros en alcantarillados.

*Realizar quemas o incendios.

*Fabricar, tener, usar o transportar pólvora.

*No contar con póliza de responsabilidad para caninos peligrosos.

*Almacenar o expender droga o licor en centros educativos.

*Agredir a autoridades o policía: incumplir o impedir la función policial.

*Lavar vehículos en espacios o vías públicas, ríos o quebradas.

*Hacer mal uso de la línea de emergencias 123.

*Realizar necesidades fisiológicas en espacio público.

*Arrojar basuras o contaminar las fuentes de agua.

*Facilitar el uso o permitir el pólvora, alcohol y sustancias psicoactivas a niños y niñas.

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