Espacios públicos deberán contar con desfibrilador para atender fallas cardiovasculares
Mar, 13/08/2019 - 14:38
El Gobierno Nacional expidió el decreto que reglamenta el uso de desfibriladores externos automáticos en espacios de gran afluencia de público, dispositivos que sirven para atender a personas que de repente sufren una falla cardiovascular.
El presidente Iván Duque firmó el decreto reglamentario de la Ley 1831 del 2017. “Yo quiero darle las gracias a todos ustedes por estar hoy acá, porque hace unos años con varios de los compañeros que nos acompañan, miembros del Consejo de la República, tuve la ocasión de presentar un proyecto de ley para que en el país tuviera una conciencia colectiva para tener desfibriladores eléctricos externos automáticos", expresó el mandatario.
Estos dispositivos médicos son utilizados para la reanimación de pacientes con paro cardiovascular y serán implementados en centros comerciales, instituciones educativas, teatros, hoteles, entre otros sitios de gran afluencia de público: "Lugares donde hay personas que estén expuestas a situaciones o incidentes cardíacos, que si no tienen a la mano un desfibrilador, posiblemente pierden su vida", dijo Duque.
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Según el Consejo Europeo de Reanimación, la desfibrilación puede derivar en tasas de supervivencia que van del 50 al 70 por ciento.
"Creo que este decreto que reglamenta la ley aprobada por el Consejo de la República es un decreto que salva vidas", contó el presidente.
El mandatario de los colombianos ordenó al Ministerio de Salud, a las Secretarías del ramo en Colombia y, a entidades educativas, a que comiencen a hacer pedagogía sobre su utilización.
Por Laura Benavides
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